Domingo 9 de Agosto de 2009
Kutzi Hernández/El Diario NTR
En medio de un ambiente donde la inseguridad pública va en aumento y el crimen organizado ha ido ganando terreno en el control de los centros penitenciarios, la prisión preventiva es una de las medidas en que más se apoyan las políticas criminológicas en México.
Sin embargo, la prisión preventiva se ha convertido en una carga para la sociedad, pues además de que no ha ayudado a que se cometan menos delitos, representa altos costos sociales y económicos. En la actualidad, el 42% de los reclusos en el país se encuentran en prisión preventiva, es decir: no han sido declarados culpables o inocentes, por lo que no han recibido una sentencia.
En este sentido, a nivel mundial, México ocupa el sitio número 15 entre los países con mayor población penitenciaria preventiva (la lista es de 160 países). El abuso en esta medida ocasiona sobrepoblación penitenciaria, hacinamiento, autogobierno (los reos imponen sus reglas), problemas de salud, entre otros.
Los estragos del cautiverioLa prisión preventiva consiste en retener al presunto responsable de un delito para evitar que se fugue, informa el especialista Uriel Márquez Valerio. En la cárcel, se pasa por diferentes etapas: indiciado (cuando la persona es señalada como responsable), procesado, acusado, sentenciado (cuando es absuelto o condenado) y reo.
Pueden pasar meses, incluso años, antes de que a una persona en este país le sea comprobada su inocencia y por lo tanto obtenga su libertad. Mientras tanto, no sólo ha perdido un valioso tiempo de su vida, sino que sus relaciones familiares y sociales se deterioran, su salud sufre mermas importantes y tendrá que sobrellevar el estigma social como consecuencia de haber pisado la cárcel.
Cabe considerar que a esa persona no sólo se le dificultará encontrar empleo, sino que durante el tiempo en que estuvo presa, dejó de percibir un salario y de gozar de los derechos civiles que le permiten cotizar ante el IMSS o el Infonavit. Pero esto es sólo la punta del iceberg, ya que paralelo a esto hay un daño psicológico, emocional y moral de dimensiones inciertas.
Además, la tasa de homicidios es cuatro veces mayor dentro de las cárceles que fuera de ellas, y la de suicidios, nueve veces más grande. Por otro lado, por cada seis meses en prisión, se pierden 17 días de expectativa de vida por prisionero, ahonda Guillermo Zepeda, investigador del Iteso, quien es autor de varias publicaciones sobre el tema.
Por si fuera poco, las familias de los detenidos en México dejan de percibir en promedio un millón 300 mil pesos anuales por concepto de sueldos que ya no puede devengar el reo. A esto se le suman los gastos que se generan durante el proceso, tanto para la familia como para el Estado.
De acuerdo con los registros proporcionados por Zepeda, en junio de 2009 había en México 225 mil personas en cautiverio, de las cuales, 92 mil se hallaban en prisión preventiva, es decir: el 42% de la población penitenciaria no había recibido sentencia. Los estados con índices más altos son Jalisco (57%) y Sonora (50%).
Este índice preocupa a los especialistas en el tema, particularmente a Zepeda, quien en su estudio “Mitos de la prisión preventiva” señala que la prisión preventiva contradice los principios constitucionales y del derecho internacional, y considera que es una medida exorbitada de la cual han abusado las autoridades mexicanas.
Entrevistado por NTR, Guillermo Zepeda informó que cada preso en este país representa un costo promedio de 130 pesos diarios, cifra que puede variar según la entidad, pues Aguascalientes gasta 180 pesos diarios por cada convicto.
Esconden datos en ZacatecasDe acuerdo con estimaciones del investigador, en el estado de Zacatecas se invierte 186 mil 550 pesos diarios en mantener a la población penitenciaria. La cifra ya incluye no sólo alimentos, ropa e insumos en general, sino también gastos en servicios, viáticos y sueldos del personal.
En abril de 2009 había en el estado de Zacatecas mil 475 reclusos, de los cuales 360 aún no habían sido sentenciados. Esto significa que 24% de la población penitenciaria en la entidad (es decir, uno de cada cuatro), se encuentra en prisión preventiva, lo cual está muy por debajo de la media nacional.
Zepeda consideró que las cifras en el caso Zacatecas son alentadoras, ya que en noviembre de 2008, el número de personas en prisión preventiva ascendía a 416, lo que significa que cinco meses después había 56 personas menos en esta situación.
Por otra parte, mencionó que hay en esta entidad 27.7 reclusos por cada 100 mil habitantes, mientras que la media nacional es de 90 reos en la misma proporción.
Aunque estos son datos halagüeños para Zacatecas, el gobierno del estado parece no entenderlo así, ya que a toda costa impidió que NTR Medios de Comunicación obtuviera estas cifras que son de interés público. En primera instancia acudimos a la Secretaría General, donde se nos dijo que ahí no contaban con indicadores sobre población penitenciaria, sino en la Dirección de Prevención y Readaptación Social.
En dicha dependencia, Ricardo García Rojas primero nos prometió entregarnos la información al día siguiente, pero luego nos dijo que era la Secretaría de Seguridad Pública —de la cual forma parte dicha dirección, de acuerdo con la nueva ley— la instancia competente.
Aunque anteriormente dicha secretaría se encontraba en las instalaciones del C-4, se nos informó que su nueva ubicación es la sede de la Policía Estatal Preventiva. De cualquier forma, en ambos domicilios nos negaron el acceso y la información requerida.
Comparativamente, fue más fácil para NTR contactar con Guillermo Zepeda, en el Iteso en Guadalajara, y con Martín Carlos Sánchez Bocanegra, director general de la Institución Renace, en Monterrey, y obtener a través de ellos las cifras que aquí se presentan.
Esfuerzos humanitariosLa asociación Renace (www.renace.org.mx) se dedica específicamente a defender a personas inocentes que han sido encarceladas injustamente. Pocas son las instituciones en el país dedicadas a ello. La Fundación Telmex dedica parte de sus recursos a apoyar con fianzas a personas de escasos recursos; Pastoral Penitenciaria apoya a los familiares, al igual que Lomas Bizantinas, mientras que en el D. F., la asociación Reintegra defiende los derechos humanos de menores de edad.
Renace ha generado varios estudios sobre la prisión preventiva. A decir de su director general, las reformas al sistema penal han ayudado a disminuir la prisión preventiva, dado que permite salidas alternas en el caso de las personas acusadas por delitos menores.
Actualmente, Renace atiende a 250 personas en sus distintos programas, como atención jurídica, psicológica, fianzas, etc. Sus servicios son gratuitos y por ahora sólo se encuentran en el estado de Nuevo León, aunque a decir de Sánchez Bocanegra, la Barra Mexicana de Abogados está interesada en abrir de forma conjunta centros de atención en San Luis Potosí, Distrito Federal y Jalisco.
El error judicial, figura ausente
Para el jurista zacatecano Uriel Márquez Valerio, los altos índices de población preventiva en nuestro país “denotan la crisis tremenda que está sufriendo el sistema de justicia en nuestro país; desde luego, no nos debería sorprender si el sistema judicial o el sistema de impartición de justicia está en crisis, si distintos aspectos de la vida de nuestro país, están también en crisis”.
“La constitución señala un término máximo para la duración del proceso; no puede quedar al arbitrio de los jueces. Sin embargo, por las deficiencias que tiene el sistema judicial, frecuentemente —yo creo que es la regla general—, no se dictan las sentencias dentro del término legal”, advierte el abogado litigante.
Entre otras fallas del sistema, Márquez señala que “por otro lado, una vez que concluye el proceso, y si la persona que estuvo detenida todo ese tiempo es absuelta, no existe en nuestra Constitución ninguna consecuencia favorable al que estuvo detenido injustamente, y adversa a quien la tuvo detenida todo ese tiempo”.
“En España, por ejemplo, la constitución vigente establece que cuando existe error judicial, esto es, cuando por un error injustificable de un juez se mantiene a una persona indebidamente detenida, cuando esa persona es absuelta, tiene derecho a demandar al Estado por daños y perjucios; a su vez el Estado analiza la conducta del juez o de las autoridades durante el lapso del proceso, e independientemente de que indemnice al demandante injustamente detenido, le cobra al juez lo que le paga a la otra persona”.
Otra deficiencia del sistema penal que señala el universitario consiste en que en México no existe el error judicial. “Esto es doblemente injusto porque frecuentemente ni siquiera una disculpa le piden a la persona injustamente encarcelada. Yo creo que esto es más constante de lo que quisiéramos”.
Corrupción, otro factor en contra
“En lo particular le puedo contar uno de los últimos casos que llegué, de una persona que estuvo indebidamente por casi dos años, acusada de que vendía pastillas psicotrópicas, lo que no resultó cierto. La policía judicial federal inventó dos testigos que nunca existieron. Fue condenada en primera instancia, fue condenada en segunda instancia federal y sólo pudimos obtener su libertad hasta en el tribunal colegiado de circuito mediante un amparo, pero ya habían transcurrido casi dos años. Esta persona que tiene diabetes y obesidad, incrementó sus males en la cárcel.
“Para tener el caso más notorio, el de los presos de Acteal, la Suprema Corte reconoció que cuando menos en once casos de los 40 condenados, la Procuraduría General de la República había inventado pruebas. Esto es terrible”.
Añadió que lo anterior está conectado con otro problema: la falta de autonomía de los ministerios públicos, pues mientras sigan dependiendo de los poderes ejecutivos —federal o estatales—, “se va a seguir utilizando los procesos con frecuencia para encarcelar inocentes porque son adversos críticamente al sistema político o judicial”.
Un problema de carácter institucional que señala el especialista es “el hecho de que no existan jueces de condena, jueces que vigilen el cumplimiento de las sentencias. Está previsto en la constitución que exista este tipo de jueces, pero todavía, que yo sepa, no se ha implementado, y la Constitución está dando una vacacio legis, es decir, un lapso de ocho años para que se pueda implementar, entre otras, esta reforma”.
De acuerdo con Márquez Valerio, a los problemas institucionales se suman los de carácter técnico, además de que no puede faltar la presencia de la corrupción, aunque ésta es proporcionalmente menor respecto a los estragos de los errores judiciales, desde la percepción del jurista.
“La óptica de uno está limitada a su experiencia, pero yo he conocido solamente tres jueces corruptos. En realidad, muchas de las injusticias que se cometen son por error judicial, por descuido, por burocratismo”.
A esto cabría agregar un tercer problema, que la reciente reforma constitucional busca solucionar. Se trata del hecho de que “el ejecutivo federal o local tiene las dos pinzas de la justicia: la pinza del ministerio público mediante el cual consigna, y la pinza de la ejecución de las penas, mediante el cual vigila el cumplimiento de las sentencias de los jueces”, agregó el entrevistado.
El ciudadano y el enemigo: una visión discriminatoria
Sobre el caso de los 53 ex custodios que son procesados tras la fuga de reos del Cereso de Cieneguillas el pasado 16 de mayo, Márquez Valerio señaló en primer lugar: “yo no conozco en esencia las imputaciones que se les hace, pero yo lo que advierto es que estuvieron arraigados durante más de un mes en Zacatecas; que fueron trasladados para ser procesados en Nayarit”.
Citó un acuerdo de la Suprema Corte de Justicia, el cual “le da competencia a cualquier juez de cualquier lugar del país para conocer de un delito de carácter federal en contravención al principio de que el lugar rige el acto”. Explicó que “si aquí supuestamente cometieron el delito de evasión de presos o cualquier otro delito que se les impute, debieron haber sido juzgados aquí”.
Uriel Márquez consideró que “el hecho de que se les haya llevado allá, a pesar del acuerdo de la corte, que aparentemente legitima la competencia del juez de Nayarit, desde mi punto de vista viola, si no el texto, cuando menos sí el espíritu del artículo 18 constitucional, que señala en su penúltimo párrafo que los sentenciados —sentenciados, no procesados, subraya— podrán compurgar sus penas en los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio, y esta disposición no aplicará en caso de delincuencia organizada”.
Sobre éste último aspecto, el legista consideró que “a los mejor les están imputando también algún delito relacionado con delincuencia organizada, y esto nos lleva a otro problema, a lo que se ha dado en llamar el derecho penal del enemigo, esto es: hay dos derechos penales, el derecho penal para la gente común y corriente, y el derecho penal para el enemigo, que es la delincuencia organizada”.
Advirtió: “Yo no abogo por la delincuencia organizada; yo lo que critico es la falta de igualdad, independientemente de que sean más severas las penas para el caso de delincuencia organizada, pero son dos reglas para medir a los delincuentes”.
Estos conceptos, indicó Márquez Valerio, fueron acuñados “por un jurista alemán que todavía vive, Günther Jakobs, que está inspirado en la doctrina nazi concretamente de Carl Schmitt, un gran jurista alemán, un gran constitucionalista, pero que fue ideólogo de Hitler y esas son las consecuencias de tratar de adaptar doctrinas que son injustas, que violan los derechos humanos”.
“Aquí el problema está en la aparente disyuntiva entre derechos humanos y seguridad pública; bien aplicados los principios de ambas, no tienen por qué reñir; es cuestión de ponderarlos y de armonizarlos. Pero frecuentemente se dice por los enemigos de los derechos humanos que éstos violan la seguridad pública y que por eso hay tanta delincuencia”.
Finalmente, hizo hincapié en la ola de delincuencia como un fenómeno derivado del neoliberalismo; “a partir de la década de los 80 se disminuyeron los trabajos, se echó a mucha gente a la calle, al comercio informal. Yo no justifico a la delincuencia organizada, pero hay que ver cuáles son las causas reales de carácter social que motivan esta ola delictiva”.
no
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