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miércoles, 27 de mayo de 2009

República Dominicana: Carlos Balcárcer descarta fuera un plan muerte de Florián

El Nuevo Diario 26/5/2009

Demóstenes Cotes Morales disiente

SAN CRISTÒBAL.- En medio estrictas medidas de seguridad, fueron trasladados a las diez de la mañana al juzgado de la instrucción, el teniente coronel José Francisco Pulinario Rodríguez y el capitán Lino de Oca Jiménez, acusados por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Policía Nacional, del asesinato del narcotraficante Rolando Florìan Feliz, la semana pasada. El doctor Carlos Balcarcer descartó que el crimen de Florian Feliz se trate de un plan, pero que los uniformes de los oficiales se los lleva el sistema carcelario del país.

“No había plan de muerte de Florian y los uniforme de esos dos oficiales se lo lleva el sistema carcelario dominicano. Ahí es que está el problema. Se descarta un plan”, dijo Balcarcer.

Mientras, que el ex –procurador General de la República doctor Demóstenes Cotes Morales, dijo que disiente del doctor Balcarcer, cuando dijo que hay que ver como ocurrieron los hechos, que terminaron con la muerte de Florián Féliz.

Agregó, que cada persona interrogada por la Comisión de Alto Nivel, tiene un pedazo de verdad, pero que eso no se verá hoy sin en el juicio de fondo.

“Yo que ostento la defensa del capitán de Oca Jiménez, la misma comisión investigadora que dice en el informe que él tomo el arma del coronel de una garita, y otro que dicen que el quito al coronel, o que el coronel se la dio al capitán, ahí hay contradicciones de fondo que tienen que ser aclaradas. Cómo es posible que Florián haya llegado hasta el frente de la cárcel, y que nadie pudiera frenar esa acción, cuál agente testificó la muerte de Florian”, dijo Morales.

Mientras, que el juez de la instrucción estudia en estos momentos el expediente, para dictar las medidas de coerción, donde decenas de abogados han acudido para darle apoyo al coronel Pulinario.

Una extricta medida de seguridad reina en el Palacio de Justicia, donde existe gran expectativa, por la decisión que tomara en las próximas horas del magistrado Ambiorix Marichal.

Rolando Florian Feliz, condenado a 20 años por violar la ley de 5088 de drogas, por homicidios, fue ultimado de ocho balazos supuestamente hechos por el capitán Lino de Oca Jiménez, con el arma del teniente coronel, Jasé Francisco Pulinario Rodríguez, ejecutivo de la cárcel Modelo de Najayo, donde unos 20 agentes e internos del penal, fueron interrogados, mientras, que el capitán Jiménez recibió heridas de armas blanca por parte del occiso.

martes, 26 de mayo de 2009

República Dominicana: Ley de Ejecución de la Pena

Diario Digital RD
26-05-2009

Por Wilfredo Mora
El autor es criminólogo y perito forense


Tras el establecimiento del modelo acusatorio-adversarial del proceso penal en la República Dominicana, el sistema penal no tiene más alternativa que seguir un modelo ejecutivo de penas. Debemos pensar seriamente en este Nuevo Modelo, dejarlo atrás y abogar por una Ley de Ejecución de Pena, que es como han hecho casi todos lo países latinoamericanos.

La idea de que se puede crear un “nuevo modelo” es un engaño ingenuo, pues lo correccional es siempre suprapenitenciario, si la condena no está sometida a los grandes principios de proceso penal, siendo el de legalidad de la condena, el más importante. Este nievo modelo luce como un binomio de internos-policías penitenciarios. Es una pérdida de tiempo desarrollar cárceles, al tiempo que aumentan las dificultades del sistema. O, aspirar a la rehabilitación cuando aumenta la sobrepoblación. El éxito de este “modelo nuevo” puede ser propaganda para el gobierno si no se tiene una base jurídica concreta. Se recomienda liberar a una gran cantidad de internos que son definitivos o de cumplimiento definitivo.

Nuestra propuesta es crear ley que reglamente la judicialización de la pena privativa de libertad, que ya se establece a través de los jueces de ejecución de la pena. Hay que dejar atrás conceptos como sistema penitenciario, variar el órgano de la DPR; en estos nuevos tiempos, se precisa de órganos jurisdiccionales, de órganos de Administración penitenciaria, de Servicio Social de Prisiones, o de una Dirección Nacional de Cumplimiento Penitenciario. La ENAP es, en realidad, un sistema paralelo a la DGP.

El primero en ver así el porvenir de nuestra penalidad fue Leoncio Ramos, al proponer una ley de ejecución de pena (1970), cuyo diseño hemos actualizado, pendiente de que sea receptivo por el Poder Legislativo, que es a quien corresponde dar el primer paso.

Las cárceles deben pertenecer al Poder judicial, es esencialmente técnico; debe tener menos presencia policial, y no estar, sobre todo, en manos de personas que no han estudiado ni remotamente, o desarrollados prácticas en esa área.

Veamos un poco esta Ley del profesor Ramos en sus estructuras propuestas. El tratamiento se fundamenta en los principios establecidos en la criminología (edad, capacidad de trabajo, carácter, entre otros) evitando la influencia perjudicial de un interno a otro. Las condenas son llevadas a cabo bajo un estricto reglamento y se contienen amplias medidas de seguridad para menores, adolescentes, alcohólicos y preventivos. Un individuo que se encuentra en prisión preventiva hace una declaración de aquiescencia en los diez días siguientes al del pronunciamiento de la sentencia, y la duración de la pena o medida será calculada a contar de ese día.

La libertad condicional es obligatoria, salvo muy excepcionales circunstancias penitenciarias. Además de existir los agentes de Libertad Condicional, para revocarla en casos de incumplimientos por parte del liberado condicional.

La redención de la pena por el trabajo, las clases de trabajo que se contemplan. El autor ha propuesto un organismo muy singular en un proyecto aparte y de la misma época: un organismo que se denomina Trabajos Penitenciarios, y sirve para sacar el hábitat carcelario el trabajo y darle la forma de una fábrica con las reglas del trabajo subordinado y remunerado.

Hemos observado que la vida de intramuros en cuanto al régimen económico de basa en economatos que no permiten la presencia del dinero en los establecimientos. Los servicios médicos son superiores a los de custodia, la correspondencia es el alma del penal y está prohibida y no se tolerará la mala literatura ni los juegos de azar. El tiempo del penal es tan intenso en cuanto a la organización social del penal (prepara las visitas, la instrucción, los intercambio del juegos, seguir un calendario de los patronatos) que no hay ni siquiera tiempo para la violencia, el ocio o la sujeción entre ellos mismos, que sólo crean formas de privilegios y corrompen a sus autoridades inmediatas.

El proyecto distingue entre la figura del Director General de Prisiones y el Consejo de Directores, así como la presencia de Asesores, que desarrollan la investigación de nuevas formas de dinámica y evolución de la pena de prisión.

lunes, 25 de mayo de 2009

República Dominicana: Hacinamiento predomina en prisiones dominicanas, denuncia funcionario

Prensa Latina
22 de mayo de 2009, 10:18Santo Domingo, 22 may (PL)

Las cárceles dominicanas del modelo tradicional muestran niveles de hacinamiento que sobrepasan el 400 por ciento, reveló el director de Prisiones, general Manuel Sánchez.

Puso como ejemplo de la situación que en cuatro cárceles del país, con capacidad sumada de 190 personas, en las que están recluidos mil 126 hombres y mujeres.

Esas condiciones prevalecen en 25 de las 35 cárceles administradas por el Sistema Penitenciario Nacional, estableció el general Sánchez.

Para cambiar esas circunstancias están en construcción cuatro establecimiento y en 10 de los existentes funciona el nuevo modelo,reveló.

La situación en las cárceles dominicanas adquirió relevancia la semana pasada cuando un notorio narcotraficante murió a causa de varios disparos que le hiciera un oficial dentro de la prisión.

Rolando Florián fue acusado por su matador de agredirlo con un cuchillo, cuya procedencia nunca fue explicada, en momentos en que se encontraba en su celda en estado de embriaguez y acompañado de dos mujeres a las cuales se identifica como prostitutas.

Según versiones sin confirmar, el narco, que purgaba una condena de 20 años, disfrutaba de un régimen especial que incluía aire acondicionado, televisión satelital y uso de teléfono celular, cuya posesión está prohibida en esas dependencias.

República Dominicana: Prisiones dispone regular las visitas de menores a cárceles

listindiario.com
Ramón Cruz Benzán - 5/22/2009

Manuel de Js. Pérez Sánchez
Santo Domingo.- El director general de Prisiones, mayor general Manuel de Jesús Pérez Sánchez, informó ayer que dio instrucciones para regular la visita de niñas, niños y adolescentes a los internos en las cárceles, estableciendo que no pueden ingresar si no están acompañados de uno de sus padres.

Manifestó que dispuso, además, que la situación de la edad y el parentesco se compruebe con los documentos de rigor y, en caso de que ambos padres estén privados de libertad, tendrían que presentar autorización judicial.

El director de Prisiones sostuvo que instruyó a los alcaides y directores de seguridad a llevar un registro actualizado de los visitantes menores de edad, a fin de proteger su desarrollo integral fundamentado en el interés superior del niño, niña o adolescente, de conformidad con la ley l36-03.

Informó que también instruyó para que cuando se detecten casos de violaciones de los derechos humanos, inmediatamente se adopten medidas para detener esas situaciones.

Sostuvo que gracias a los organismos internacionales y a los esfuerzos de las autoridades locales se puso en marcha el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciario que no permite abusos contra las personas privadas de su libertad.

Explicó que el incremento de la población penitenciaria es directamente proporcional al de los niveles de hacinamiento, lo cual trae como consecuencia mayor violencia, abuso y enfermedad, así como también incremento en los gastos de alimentación, seguridad y transporte.

Pérez Sánchez expresó que para mayor garantía del manejo de los internos dentro y fuera de los penales, se puso en práctica un reglamento que rige los permisos y traslados de los internos, según las necesidades individuales.

“Eso está permitiendo un mayor control en las cárceles, deteniendo las salidas injustificadas de personas“, apuntó Pérez Sánchez.